COMPAÑÍA INDUSTRIAL CERVECERA S.A. c/ D.G.A. s/ recurso de apelación
La valoración en exportación debe realizarse conforme a los métodos previstos en el Código Aduanero, priorizando el valor de transacción entre partes independientes salvo que se demuestre que la vinculación influye en el precio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución aduanera que impuso cargos por diferencias en derechos de exportación relacionados con permisos de embarque del año 2006. La controversia giró en torno a la validez de los ajustes realizados por la administración aduanera que modificaron el valor FOB declarado en función de una supuesta influencia de la vinculación societaria entre el exportador y una empresa extranjera vinculada, y la aplicación del método de valoración alternativo previsto en el Código Aduanero. Se examinaron antecedentes técnicos, informes periciales, contratos de elaboración y licencias de marca, así como los aspectos procesales vinculados a la motivación y fundamentación de la resolución impugnada. El Tribunal consideró los criterios para evaluar la influencia de la vinculación en los precios de exportación y la correcta aplicación de los métodos de valoración previstos legalmente, ponderando la discrecionalidad administrativa y los recaudos necesarios para ajustar el valor declarado.
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