Sentencia TFN INLEG-2023-129644835-APN-VOCIV#TFN
Para el cómputo de crédito fiscal en el IVA es necesaria la concurrencia de aspectos materiales y formales, esto es, la existencia de la operación y la adecuada discriminación del impuesto en la factura.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizan recursos de apelación interpuestos contra resoluciones de la AFIP-DGI que determinaron de oficio obligaciones fiscales en el Impuesto a las Ganancias y en el Impuesto al Valor Agregado para varios períodos fiscales, incluyendo la imposición de multas fundamentadas en supuestas conductas defraudatorias. La controversia surge a raíz de la inclusión de varios proveedores en la base E-Apoc por presunta falta de capacidad operativa y emisión de facturas apócrifas, lo cual llevó a la deducción improcedente de créditos fiscales y gastos en la empresa recurrida. Se examina la correspondencia entre la documentación aportada y la realidad económica, así como la carga probatoria sobre la existencia material y formal de las operaciones y la conducta del contribuyente. Además, se valoran los indicios reunidos por la fiscalización respecto a la inexistencia de las operaciones y la aplicabilidad de sanciones, considerando el estándar probatorio para configurar la defraudación tributaria y la razonabilidad en la graduación de las multas aplicadas.
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