Sentencia TFN IF-2023-123007504-APN-VOCII#TFN
El recurso de amparo previsto en el artículo 182 de la Ley 11.683 es procedente únicamente cuando existe una demora excesiva por parte de los empleados administrativos en realizar trámites o diligencias a cargo de la AFIP que genere un perjuicio real
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo interpuesto contra el Fisco Nacional por la presunta demora excesiva en la resolución de una acción administrativa de repetición presentada en noviembre de 2018, solicitando la restitución de una suma específica. La controversia giró en torno a si se configuraba una demora excesiva conforme a la Ley 11.683, teniendo en cuenta los plazos previstos para resolver trámites y diligencias a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos, así como la admisión y requisites del recurso de amparo. Se examinó la documentación administrativa aportada por el Fisco, que acreditó la resolución del reclamo antes de la interposición del recurso, y se evaluó la naturaleza y el alcance del amparo en relación con la obligación del organismo de expedirse, diferenciando esta vía de un pronunciamiento sobre el fondo del asunto. También se valoró la existencia de perjuicio real derivado de la demora y la pertinencia del uso del recurso frente a la normativa vigente.
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