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ABB S.A c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación

El incumplimiento del régimen de importación temporaria constituye infracción conforme al artículo 970 del Código Aduanero, implicando la obligación de pago de tributos adeudados y multa.

Iva Ganancias Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analiza un procedimiento infraccional por parte del Tribunal Fiscal de la Nación respecto al incumplimiento del régimen de importación temporaria aplicado a una empresa dedicada al perfeccionamiento industrial de insumos importados que debían ser reexportados. La controversia gira en torno a la determinación de si la mercadería fue efectivamente reexportada conforme a la legislación vigente, la adecuada imputación y presentación de documentación aduanera, la procedencia y cálculo de multas y tributos adeudados, y la valoración de antecedentes para la graduación de sanciones. El Tribunal examina en detalle la correlación entre los permisos de embarque, certificados de tipificación y clasificación (CTC) y la relación insumo-producto para establecer la regularidad de la reexportación y aplica la jurisprudencia pertinente para analizar la procedencia del derecho adicional y percepciones fiscales, así como la legalidad de la carga de la multa y la proporcionalidad de la sanción impuesta.

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