ABB S.A c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación
El incumplimiento del régimen de importación temporaria constituye infracción conforme al artículo 970 del Código Aduanero, implicando la obligación de pago de tributos adeudados y multa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza un procedimiento infraccional por parte del Tribunal Fiscal de la Nación respecto al incumplimiento del régimen de importación temporaria aplicado a una empresa dedicada al perfeccionamiento industrial de insumos importados que debían ser reexportados. La controversia gira en torno a la determinación de si la mercadería fue efectivamente reexportada conforme a la legislación vigente, la adecuada imputación y presentación de documentación aduanera, la procedencia y cálculo de multas y tributos adeudados, y la valoración de antecedentes para la graduación de sanciones. El Tribunal examina en detalle la correlación entre los permisos de embarque, certificados de tipificación y clasificación (CTC) y la relación insumo-producto para establecer la regularidad de la reexportación y aplica la jurisprudencia pertinente para analizar la procedencia del derecho adicional y percepciones fiscales, así como la legalidad de la carga de la multa y la proporcionalidad de la sanción impuesta.
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