Beiesdorf S.A. y otro c/DGA s/ recurso de apelación
El beneficio de reducción de multa previsto en el artículo 917 del Código Aduanero procede únicamente cuando no ha existido proceso de inspección aduanera o impositiva en curso y el servicio aduanero puede constatar la inexactitud dentro de los plazo
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución que impuso una multa y la obligación de pagar diferencias impositivas derivadas de una declaración inexacta en un permiso de embarque, específicamente por consignar incorrectamente la moneda del valor FOB de la mercadería exportada. La controversia giró en torno a la procedencia de la aplicación del beneficio de reducción de la multa previsto en el artículo 917 del Código Aduanero, en tanto se alegó que la solicitud de rectificación presentada por la firma debía ser considerada como una autodenuncia válida. Se examinaron los requisitos legales para otorgar dicho beneficio, la oportunidad procesal en que se realizó la comunicación a la autoridad aduanera, y la situación de inexistencia de una inspección previa. Además, se discutió la responsabilidad solidaria del despachante de aduana, analizando la obligación de actuar con prudencia y cumplir cabalmente las normas aduaneras para evitar sanciones.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: