BOUCHET WALTER ALEJANDRO c/ Dirección General de Aduanas s/ APELACIÓN
La desaparición efectiva de la mercadería en tránsito suspensivo sin prueba de su recuperación ni uso por terceros genera la presunción legal iuris et de iure que habilita la exigencia del pago de tributos de importación conforme al Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó una controversia relacionada con el pago de tributos aduaneros en el marco de un tránsito suspensivo de importación, donde la mercadería transportada desapareció supuestamente debido a un robo denunciado ante la autoridad policial. Se cuestionó la exigencia de pago de tributos sustentada en presunciones legales previstas en el Código Aduanero, especialmente el artículo 315, que establece la presunción iuris et de iure cuando la mercadería desaparece sin poder ser utilizada por terceros, y se debatió la constitucionalidad de dicha norma y otras disposiciones concordantes. El Tribunal examinó las constancias probatorias, incluyendo denuncias policiales y documentos administrativos, así como la interpretación sistemática y jurisprudencial del régimen aduanero y su relación con principios generales del derecho tributario y civil. Asimismo, se abordó la limitación del Tribunal para declarar la invalidez constitucional de leyes tributarias y aduaneras, evaluando la compatibilidad de las normas cuestionadas con los valores y principios constitucionales aplicables.
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