Sentencia TFN INLEG-2024-35723145-APN-VOCXIX#TFN
La apertura del sumario administrativo debe cumplir con la obligación de correr vista al presunto responsable para que ejerza su derecho de defensa, conforme al artículo 1101 del Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa que impuso cargos tributarios por la falta de presentación del certificado de origen en una destinación aduanera. Se discutió la validez del auto de apertura del sumario administrativo, específicamente si se cumplió con el procedimiento debido, en particular la obligación de correr vista al presunto responsable para ejercer su derecho de defensa dentro del plazo legal. Se examinó si la omisión de esta vista constituía una nulidad insubsanable del acto y si ello afectaba las garantías constitucionales y convencionales del debido proceso y derecho de defensa. Asimismo, se consideraron las jurisprudencias relevantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la normativa aplicable del Código Aduanero y la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, para evaluar la procedencia y validez formal del procedimiento seguido antes de dictar la resolución definitiva que impuso los tributos.
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