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PRUDENCIA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A. c/ D.G.A s/ recurso de apelación

La notificación del auto de apertura de sumario debe efectuarce conforme a los comprobantes y registros administrativos que aseguren la defensa del administrado, resultando las nulidades relativas y subsanables cuando no causan indefensión irreparabl

Competencia Nulidad Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analiza la controversia relacionada con la prescripción y nulidad en un procedimiento sumarial aduanero vinculado a la percepción de tributos por incumplimiento en la importación temporaria de mercaderías. Se examina si la notificación del auto de apertura de sumario cumple con los requisitos legales y si la acción del Fisco para exigir el tributo ha prescripto conforme al Código Aduanero y normativa administrativa. El Tribunal evalúa la suspensión del plazo de prescripción desde la apertura del sumario hasta la notificación de la resolución que habilita la ejecución, considerando además el derecho al debido proceso, la garantía de obtener un pronunciamiento en plazo razonable y los estándares constitucionales y convencionales aplicables. Se discute asimismo la aplicación del control de convencionalidad por parte del Tribunal Fiscal respecto de las normas internas que regulan los plazos y procedimientos aduaneros, así como la interpretación del margen de apreciación nacional en el contexto de los tratados internacionales de derechos humanos.

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