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STEIN CARLOS GABRIEL c/ Dirección General de Aduanas s/ recurso de apelación

La condonación de multas por infracciones formales cometidas hasta el 31 de mayo de 2016 opera cuando no se encuentren firmes ni abonadas y se haya cumplido o se cumpla la obligación formal correspondiente en el plazo establecido en la Ley 27.260.

Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó la aplicación de una multa impuesta por la Dirección General de Aduanas por la presunta infracción al artículo 991 del Código Aduanero. Se cuestionó la legitimidad de la sanción a partir de la normativa relativa a la condonación de multas y sanciones formales prevista en la Ley 27.260 y su desarrollo reglamentario en la Resolución General 4007/2017. El debate central giró en torno a la interpretación de los requisitos legales para la condonación automática de multas por infracciones formales cometidas hasta cierta fecha y si la infracción en cuestión encuadra dentro de las categorías beneficiadas por el régimen de regularización. El Tribunal examinó los textos normativos aplicables, su alcance temporal y la naturaleza de la obligación formal incumplida, considerando el marco legal para resolución de controversias en materia aduanera y los efectos de la regularización sobre sanciones no firmes ni abonadas.

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