J.D.D.M
La declaración de inconstitucionalidad de una norma tributaria es la última ratio y solo procede ante un acabado examen que conduzca a la convicción cierta de la conculcación de derechos o garantías constitucionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una multa aplicada por la falta de presentación en tiempo y forma de la declaración jurada correspondiente al Aporte Solidario y Extraordinario (ASE) establecido por la Ley 27.605 para el año fiscal 2020. La controversia gira en torno a la constitucionalidad del tributo, el supuesto carácter confiscatorio del mismo, la posible discriminación tributaria entre bienes ubicados en el país y en el exterior, y la alegación de error excusable en el cumplimiento de las obligaciones fiscales. El Tribunal examinó los requisitos formales del procedimiento fiscalizador, la naturaleza de la infracción, los elementos objetivos y subjetivos para la imposición de la multa, y la existencia o no de justificativos para eximir de responsabilidad al contribuyente. Asimismo, se evaluó el alcance de las facultades del Tribunal para declarar inconstitucional una norma tributaria y las condiciones probatorias exigidas para acreditar confiscatoriedad o error excusable.
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