Arauco Argentina SA c/ Dirección General de Aduanas s/ recurso de amparo
La demora excesiva en un trámite aduanero se configura cuando la administración no impulsa ni resuelve en un plazo razonable, afectando el normal ejercicio de un derecho conforme al artículo 1160 del Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó un recurso de amparo interpuesto contra la Dirección General de Aduanas (DGA) debido a una presunta demora excesiva en la resolución de procedimientos administrativos relativos a la repetición de derechos de exportación pagados en exceso. El Tribunal analizó antecedentes administrativos donde se evidenció falta de impulso efectivo en la tramitación, pese a solicitudes formales de la recurrente para pronto despacho. Se evaluaron los requisitos legales para configurar la demora excesiva estipulados en el artículo 1160 del Código Aduanero, haciendo énfasis en la necesidad de que el trámite estuviera paralizado injustificadamente más allá de un plazo razonable y que el amparo fuera interpuesto tras pedido previo de pronto despacho. Además, se consideró la falta de fundamentación práctica y jurídica en las actuaciones de la administración, la posible desviación de poder y la afectación del derecho a la defensa en juicio. El Tribunal reflexionó sobre el impacto social y económico de estas demoras y la obligación de la administración de actuar con buena fe y eficiencia en sus procesos.
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