HEWLETT PACKARD ARGENTINA S.R.L. c/ DIRECCION GENERAL DE ADUANAS s/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
El beneficio de litigar sin gastos protege a quienes carecen de recursos suficientes para afrontar los costos procesales, fundamentándose en el principio de igualdad procesal y la situación económica del peticionario.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la solicitud de concesión del beneficio de litigar sin gastos por parte de una empresa recurrente en un proceso ante el Tribunal Fiscal, en el marco de una obligación de pago de tasa de actuación elevada, conforme al artículo 2° de la ley 25.964. Se examinaron los fundamentos presentados en cuanto a la supuesta imposibilidad económica para afrontar la tasa, así como la normativa aplicable del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y la jurisprudencia relevante. El Tribunal abordó la valoración probatoria referida a la situación patrimonial del solicitante y la interpretación restrictiva de las exenciones tributarias, ponderando también el riesgo comercial inherente a la actividad empresarial y la continuidad operacional de la actora. El análisis incluyó la necesaria demostración verosímil de insuficiencia de recursos para acceder a la justicia sin afrontar costos, y la constitucionalidad del acceso a tutela judicial efectiva, en contraposición a la regulación establecida para el beneficio de litigar sin gastos.
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