LABORATORIOS RICHMOND SACIF c/ DGA s/ recurso de apelación
La carga de la prueba del cumplimiento de las obligaciones bajo el régimen de importación temporaria recae sobre el importador, quien debe demostrar fehacientemente y con documentación aduanera pertinente dicho cumplimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizaron las apelaciones contra una resolución que impuso sanciones por infracciones a la normativa aduanera vinculadas a importaciones temporarias de mercaderías que no fueron regularizadas en tiempo y forma, generando multas y liquidación de tributos. Se examinaron pagos parciales y planes de facilidades adheridos por la importadora, así como la procedencia y cálculo de los montos reclamados por el órgano aduanero, incluyendo aspectos relativos a intereses, tipo de cambio y derechos adicionales. Además, se evaluó la correcta aplicación de las percepciones fiscales y la interpretación jurisprudencial relevante sobre el derecho adicional en casos de nacionalización ficta de mercaderías importadas temporalmente.
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