Logo

ASEGURADORA DE CRÉDITOS Y GARANTÍAS S.A. c/ DGA s/ recurso de apelación

La notificación por presentación espontánea del interesado habilita el inicio del plazo para interponer recurso ante el Tribunal Fiscal de la Nación según el artículo 1013 inciso b) del Código Aduanero.

Iva Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó la extemporaneidad de un recurso de apelación presentado contra una resolución del Jefe del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros relacionada con la absolución de una firma en infracción aduanera y la imposición de cargos por tributos equivalentes al IVA y otros impuestos. El Tribunal examinó la fecha de notificación de la resolución, valorando que la notificación se había realizado por presentación espontánea por parte del interesado, conforme a lo previsto en el Código Aduanero. Se evaluó el plazo legal de quince días para interponer el recurso desde dicha notificación, y se discutió la relevancia de una notificación posterior mediante cédula registrada, concluyendo sobre cuál fecha inicia el cómputo del plazo. También se tomaron en cuenta las Acordadas Administrativas aplicables para delimitar términos procesales y se valoraron las posiciones encontradas respecto a la oportunidad del recurso, en particular la posición de la representación fiscal que solicitaba declarar la extemporaneidad.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar