Sentencia TFN INLEG-2024-37453283-APN-VOCXX#TFN
La acción de amparo contra la demora en la tramitación administrativa es procedente únicamente cuando la demora sea objetiva, infundada y exceda plazos razonables, causando perjuicio al administrado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo interpuesto para ordenar a la autoridad aduanera la resolución de un procedimiento administrativo de repetición iniciado hace más de dos años por solicitud de devolución de derechos de exportación. Se discutió la existencia de demora excesiva en la tramitación administrativa, el cumplimiento del requisito legal de haber solicitado pronto despacho, y el perjuicio causado por la falta de resolución dentro de plazos razonables. El Tribunal examinó las constancias procesales, incluyendo notificaciones e intimaciones realizadas, y consideró el estándar jurisprudencial sobre la garantía constitucional de obtener una respuesta rápida en los trámites administrativos. El análisis se centró en determinar si la demora era imputable al servicio aduanero y si se cumplían los requisitos legales para admitir la acción de amparo, evaluando tanto aspectos formales como de fondo del procedimiento administrativo y su impacto en el administrado.
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