Lee Kwak Sun Weon c/Dirección General de Aduanas s/recurso de apelación
El sobreseimiento definitivo en sede penal por delito de contrabando de divisas no impide la tramitación y sanción administrativa por infracción aduanera sobre los mismos hechos cuando no existe identidad de jurisdicción ni causa, en aplicación del p
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un caso en el que se debatió la posible infracción aduanera referida a la exportación no autorizada de divisas en efectivo excedentes al límite permitido por la normativa argentina vigente al momento. Aunque se había dictado sobreseimiento en una causa penal por el mismo hecho, se examinó la procedencia de la sanción administrativa correspondiente, especialmente una multa y el comiso de las divisas incautadas. Se discutió la diferencia entre la jurisdicción penal y administrativa para juzgar hechos relacionados y la aplicabilidad del principio de cosa juzgada. Asimismo, se examinó el marco normativo aplicable, incluyendo el Código Aduanero, resoluciones de la AFIP y decretos de necesidad y urgencia, y cómo estos regulan la exportación de moneda extranjera en efectivo y las sanciones por su incumplimiento. Un eje central del análisis fue la validez constitucional y legalidad de las penas, en particular la pena de comiso impuesta por una prohibición establecida en decreto del Poder Ejecutivo que no contaba con respaldo en ley del Congreso, abordándose el principio de legalidad penal y su expresión constitucional. El Tribunal evaluó la adecuación del régimen sancionatorio y realizó distinciones entre los efectos de la prohibición en cuanto a la regla de la conducta y en cuanto a la sanción, así como los límites impuestos a la potestad punitiva del Ejecutivo.
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