Sentencia TFN IF-2025-16515555-APN-VOCXIX#TFN
La acción de amparo bajo el artículo 1160 del Código Aduanero es procedente cuando el administrado sufre un perjuicio ocasionado por demoras objetivas, infundadas y excesivamente prolongadas imputables al servicio aduanero en la realización de un trá
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la procedencia de un recurso de amparo presentado contra la Dirección General de Aduanas (DGA) por la demora excesiva y prolongada en la resolución de un sumario infraccional iniciado por presunta infracción aduanera relacionada con una póliza de seguro de caución. La controversia gira en torno a la falta de respuesta por parte del servicio aduanero durante más de quince años, pese a las reiteradas solicitudes de pronto despacho y la impugnación de la liquidación de tributos formulada por la aseguradora como garante solidaria. El Tribunal examinó la existencia de un perjuicio ocasionado por dicha demora, la aplicación del artículo 1160 del Código Aduanero que regula el amparo por retrasos administrativos, y la necesidad de evaluar si la demora deviene en excesiva en función de los tiempos razonables para la administración pública y la protección del administrado.
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