NIDERA S.A. s/ Recurso de Apelación
La suspensión del curso de la prescripción dispuesta por las leyes 26.476 y 26.860 es de carácter general y se aplica a todos los contribuyentes, no siendo condición que hayan adherido a un régimen de normalización tributaria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se controvirtieron ajustes fiscales determinados por la AFIP respecto a los impuestos a las ganancias, al valor agregado (IVA) y a las salidas no documentadas, con base en operaciones comerciales efectuadas con proveedores presuntamente apócrifos durante períodos fiscales entre 2006 y 2012. El debate se centró en la validez de las operaciones, la acreditación de costos, gastos y créditos fiscales, y la existencia real y capacidad operativa de los proveedores cuestionados. Se examinó la carga de la prueba para desvirtuar la presunción de inexistencia o falsedad de las operaciones y la aplicación de presunciones legales para determinar dolo en la conducta del contribuyente. Igualmente, se analizó la aplicabilidad de suspensiones y términos de prescripción para los reclamos fiscales y las multas impuestas por defraudación tributaria. El Tribunal abordó detalladamente las pruebas documentales, periciales, y los antecedentes administrativos y judiciales que evidencian inconsistencias y la ausencia de correlación entre las operaciones declaradas y la capacidad económica o existencia real de los proveedores. El análisis se estructuró sobre la base del principio de realidad económica, la interpretación literal y sistemática de las normas, y el sostenimiento de la presunción de legitimidad del acto administrativo y la inversión de la carga probatoria cuando corresponda.
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