PEREZ CATTALURDA OLMEDO VICENTE c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación
La ignorancia o el error de hecho o de derecho no exime de responsabilidad en infracciones aduaneras.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El caso analiza la controversia surgida por la imposición de una multa y un comiso relacionados con el transporte internacional de dinero en efectivo que excedía el límite permitido por la normativa cambiaria y aduanera argentina vigente al momento. Se discutió la validez de la multa aplicada conforme al artículo 979 del Código Aduanero y la constitucionalidad, razonabilidad y proporcionalidad del comiso del dinero excedente, considerando que el sujeto fue absuelto en sede penal por contrabando pero sancionado en sede administrativa. El Tribunal examinó la naturaleza jurídica de la pena accesoria del comiso, la definición de dinero en efectivo como mercadería según la legislación aduanera, el marco normativo aplicable incluyendo decretos y resoluciones regulatorias, así como la discrecionalidad del control aduanero y los límites a la aplicación de sanciones administrativas con contenido penal en el ámbito aduanero. También se evaluaron principios constitucionales relacionados con el derecho de propiedad y la función reguladora del Estado en materia de política cambiaria y control del egreso de divisas.
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