El Dr. Luis dijo
El desistimiento formulado bajo la ley 27.743 implica asumir el pago de las costas y gastos causídicos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un incidente en el que se solicitó el beneficio de litigar sin gastos conforme al artículo 78 del CPCCN, sustentado en la ausencia de recursos económicos para afrontar los gastos procesales. Se discutió la presentación de documentación vinculada al cumplimiento de obligaciones tributarias, incluyendo planes de pagos y formularios vinculados al impuesto a las ganancias y al IVA, así como la intervención del fisco nacional que cuestionó la ausencia de declaraciones juradas rectificativas. En este contexto, se examinó el efecto del desistimiento bajo el régimen de la ley 27.743, especialmente la consecuencia respecto a las costas y gastos causídicos, y la imposición de la tasa de actuación conforme a la ley 25.964.
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