R. TRONCHIN HNOS. S.H. s/ recurso de apelación
La administración fiscal debe agotar los medios que permitan reconstruir la materia imponible de modo directo antes de recurrir a métodos indiciarios o estimativos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó una controversia sobre la determinación de oficio del impuesto al valor agregado (IVA) en un caso relacionado con la producción y venta de pollos eviscerados y Kosher, donde la administración fiscal efectuó un ajuste basado en estimaciones presuntas de ventas omitidas a partir de datos incompletos y deficientes respecto a compras, crianza y faena. La cuestión principal giró en torno a la validez y razonabilidad del método indiciario empleado para la recomposición de ventas, la impugnación de créditos fiscales por facturas no registradas o por incumplimientos formales ligados a la ley antievasión, y la valoración probatoria y técnica de distintos informes periciales aportados por las partes. El Tribunal examinó la aplicación legal del orden de prelación para determinaciones fiscales, el uso de presunciones indirectas y el efecto de la carga de la prueba sobre el contribuyente, además de los parámetros técnicos para estimar mortandad, peso, días de crianza y rendimiento de faena empleadas para definir la base imponible. Se consideraron argumentos sobre la existencia y fundamento de las presunciones, la posibilidad de desvirtuarlas con prueba adecuada, y el alcance constitucional de las restricciones impuestas por la ley antievasión a la deducción y cómputo de créditos fiscales.
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