Sentencia TFN INLEG-2025-21495310-APN-VOCXX#TFN
La base para el cálculo de estímulos a la exportación no puede exceder el valor imponible que se utiliza para determinar los derechos de exportación, conforme al artículo 829 del Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se evaluó la legalidad de una resolución administrativa que rechazó la impugnación contra una liquidación que exigía la devolución de pagos considerados en exceso por reintegros a la exportación. La controversia se centró en la aplicación de instrucciones generales que corregían errores en el algoritmo utilizado para calcular dichos estímulos, que inicialmente no contemplaban un tope establecido en el Código Aduanero para la base de cálculo. Se analizaron antecedentes normativos, la evolución de las reglamentaciones, y se tuvo en cuenta un fallo de la Corte Suprema que validó la corrección del error en la fórmula de liquidación. El Tribunal examinó la interpretación y aplicación de esas instrucciones generales y la jurisprudencia vinculante para resolver si correspondía confirmar el rechazo a la impugnación, considerando la facultad administrativa de revisar y ajustar cargos por errores en la liquidación de beneficios aduaneros.
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