ALBA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. c/D.G.A. s/Recurso de apelación
La obligación de garantía derivada de un seguro de caución es exigible únicamente cuando el acreedor posee el título documental que acredita la existencia y alcance de dicha obligación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó un recurso de apelación interpuesto por una aseguradora contra una resolución administrativa que la responsabilizaba como garante de una obligación tributaria adeudada por un importador en el marco de un contrato de seguro de caución. La controversia principal se centró en la validez y exigibilidad de dicha garantía, considerando la falta de coincidencia entre los datos consignados en la póliza de caución aportada por la administración aduanera y la documentación y partes involucradas en el caso. Se discutió la naturaleza jurídica del seguro de caución, la prescripción del crédito, la legitimación de la administración para reclamar, así como la adecuación del reclamo respecto a los conceptos y sumas garantizadas. El Tribunal llevó a cabo un análisis del vínculo convencional versus la exigibilidad legal, el cotejo de la documental aportada y el alcance de la obligación garantizada, resolviendo conforme a la identidad documental y la aplicación de la teoría de los actos propios.
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