CGD S.A. s/apelación
La prórroga de competencia territorial para la fiscalización debe estar formalmente aprobada y fundada en razones operativas y funcionales, siendo válida su aplicación si no se demuestra perjuicio concreto o indefensión del contribuyente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se cuestionó la determinación de oficio realizada por una dependencia regional de la Administración Federal de Ingresos Públicos respecto de obligaciones impositivas en IVA e impuesto a las ganancias correspondientes a un contribuyente. Se discutieron aspectos relacionados con la competencia territorial para fiscalizar, la aplicación del régimen especial conocido como bloqueo fiscal que limita la fiscalización a períodos bases, y la validez de los ajustes derivados por supuestas omisiones en ventas y quebrantos. Se analizó el uso de evidencia contable, incluidas discrepancias entre distintos balances aportados y su valoración probatoria, así como la adecuación de la sanción por presunta defraudación basada en presunciones legales. El Tribunal examinó también el impacto de las normas que autorizan extender la fiscalización a períodos anteriores para verificar hechos con incidencia en el período fiscalizado, la legitimidad del procedimiento seguido, la suficiencia y valoración de la prueba contable, y los requisitos para declarar la nulidad de actos administrativos con base en vicios formales y daños concretos al contribuyente.
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