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DELORENZI MARIANO JORGE s/ recurso de amparo

El recurso de amparo tributario procede únicamente cuando se acredita una demora excesiva e injustificada en la resolución administrativa de trámites iniciados por el contribuyente, habiendo cumplido previamente con el pedido de pronto despacho y res

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

En este caso se analizó un recurso de amparo presentado por un contribuyente que solicitó la devolución de percepciones efectuadas en concepto del impuesto para una Argentina inclusiva y solidaria, cuya tramitación administrativa fue reclamada por demorar excesivamente. Se discutió la veracidad y alcance de la demora denunciada, la existencia de procedimientos internos propios del ente recaudador para control y fiscalización que justifican cierto tiempo en la resolución, y la situación probatoria respecto del pago de obligaciones impositivas relacionadas. El Tribunal evaluó los requisitos y límites del recurso de amparo tributario, el objeto del mismo para que el organismo se expida en tiempo razonable sin entrar en el fondo del reclamo, y ponderó la conciliación entre la necesidad de pronta respuesta y el respeto a la normativa y controles fiscales aplicables. Se valoraron los plazos transcurridos, las etapas administrativas y la eventual afectación constitucional por demoras injustificadas en la devolución reclamada.

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