Sentencia TFN INLEG-2025-39054680-APN-VOCXXI#TFN
La nulidad parcial o cuestionamientos formulados en sede administrativa podrán ser subsanados en instancias jurisdiccionales posteriores, no afectando la validez del acto administrativo inicial si se garantiza la posibilidad de defensa mediante recur
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó en sede administrativa y jurisdiccional un ajuste aduanero consistente en la incorporación al valor en aduana de cánones por derechos de licencia vinculados con la importación de mercaderías, específicamente sobre si dichos cánones cumplían con los requisitos establecidos en el Acuerdo de Valoración del GATT para ser considerados como condición de venta y, por ende, susceptibles de incrementar el valor obedeciendo a los artículos 1 y 8.1.c) del Acuerdo. Se examinaron la documentación y alegatos presentados que plantearon la nulidad del acto administrativo por considerar que no se valoraron adecuadamente las pruebas, la falta de fundamentación específica para el ajuste y la ausencia de evidencia concreta de la relación directa entre los pagos de regalías y la mercadería importada, así como la no acreditación de una condición de venta para dichos cánones. El Tribunal abordó cuestiones vinculadas a la carga probatoria, la validez de la utilización del valor de transacción ajustado, la aplicación del Acuerdo de Valor en Aduana y las interpretaciones de las normas internacionales aplicables y sus normas auxiliares, revisando asimismo jurisprudencia y opiniones consultivas internacionales. La valoración incluyó el análisis sobre la suficiencia y pertinencia de los elementos documentales obrantes en las actuaciones para sustentar el ajuste y las reglas para su imposición en materia aduanera.
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