ARAUCO ARGENTINA S.A. c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de una ley en un caso concreto ante el planteo efectuado por un recurrente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió la procedencia de la devolución de derechos de exportación aplicados conforme al Decreto 793/2018 sobre diversas destinaciones de exportación oficializadas en octubre de 2018. La controversia giró en torno a la validez constitucional del decreto que establecía dichos derechos, en particular la aplicación del principio de reserva legal y la prohibición de delegación legislativa en materia tributaria. Se examinó la interpretación del fallo "Camaronera Patagónica" por parte de la recurrente, que alegaba la inconstitucionalidad del decreto por falta de aprobación legislativa previa; en contraste, la representación fiscal sostuvo la validez del decreto debido a la posterior aprobación legislativa mediante la Ley 27.467 y la aplicación del procedimiento previsto en la Ley 26.122. Además, se evaluó el alcance del artículo 1164 del Código Aduanero respecto a la posibilidad del Tribunal para declarar la invalidez de normas tributarias y aduaneras. El Tribunal analizó precedentes internos, normas constitucionales y jurídicas, y criterios sobre control judicial y actuación administrativa en materia tributaria aduanera.
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