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FINCAS PATAGONICAS S.A. c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación

En las infracciones al régimen de importación temporaria, la comprobación del hecho objetivo del incumplimiento genera una inversión de la carga de la prueba, correspondiendo al presunto infractor acreditar eximentes de responsabilidad.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa que sancionó a una empresa por presunto incumplimiento del régimen de importación temporaria, en particular por no exportar dentro del plazo la mercadería importada, consistente en tapones de polietileno. La empresa alegó la pérdida total de la mercadería debido a un incendio en un depósito distinto al declarado a la aduana, intentando eximir su responsabilidad. El Tribunal evaluó la admisibilidad de esta causal eximente, considerando la obligación de la importadora de denunciar la ubicación real de la mercadería, la oportunidad y modo de notificación del siniestro a la autoridad aduanera, la prueba documental del siniestro y la identificación precisa de la mercadería perdida. Asimismo, se abordó la carga probatoria en materia aduanera, la aplicación del principio de culpabilidad conforme al derecho penal en infracciones aduaneras, y la interpretación restrictiva necesaria para la imposición de sanciones. Además, se examinó la procedencia de ciertos tributos adicionales reclamados, a la luz de precedentes de la Corte Suprema. El Tribunal estableció ejes analíticos sobre la verificación de domicilio declarado, la certeza sobre la pérdida material de la mercadería, y las garantías constitucionales y procesales en materia tributaria y penal aduanera.

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