TERMINAL PUERTO ROSARIO S.A
El desistimiento y allanamiento incondicional en el marco del régimen de regularización excepcional previsto en la ley 27.743 y la Resolución General AFIP 5525/2024 implican la renuncia a toda acción y derecho sobre las obligaciones tributarias o adu
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación presentado contra una resolución aduanera que confirmó una liquidación tributaria. La discusión principal giró en torno a la adhesión voluntaria del recurrente a un régimen especial de regularización excepcional de obligaciones tributarias, aduaneras y de seguridad social, regulado por una ley y una resolución general recientes, que permite cancelar obligaciones fiscales vencidas y multas, incluso si se encuentran en discusión administrativa o judicial, siempre que el contribuyente se allane o desista incondicionalmente y renuncie a toda acción sobre dichas obligaciones. Se examinó la compatibilidad de la adhesión a dicho régimen con el desistimiento del recurso judicial, la presentación de formularios específicos y el pago en cuotas, así como el alcance de las implicaciones jurídicas de tales actos, incluyendo la evaluación del desistimiento y allanamiento y la imputación de costas. El Tribunal ponderó las normativas aplicables, los requisitos formales y materiales del régimen de regularización, y la situación particular de la causa para determinar el tratamiento jurídico procedente.
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