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El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de normas tributarias o aduaneras salvo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación haya declarado dicha inconstitucionalidad, caso en el cual el Tribunal debe seguir la inte
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió un recurso de apelación contra la denegación de la repetición de derechos de exportación abonados en virtud del Decreto PEN N° 793/2018, respecto de una exportación documentada en 2018. La controversia gira en torno a la constitucionalidad de dicho decreto y su marco normativo, en particular sobre si la fijación de la alícuota por decreto sin ley previa vulnera el principio de reserva de ley tributaria, y sobre la aplicabilidad retroactiva de la Ley N° 27.467 que ratificó el decreto. Se analizaron antecedentes jurisprudenciales relevantes, especialmente la doctrina emanada del fallo "Camaronera Patagónica S.A.", y la interpretación de las normas del Código Aduanero, la ley 26.122 sobre control legislativo posterior y la competencia del Tribunal Fiscal para declarar inconstitucionalidades. El Tribunal evaluó la validez de la delegación legislativa, la vigencia y convalidación legislativa del decreto, y las garantías constitucionales afectadas, concluyendo sobre la imposibilidad de aplicar retroactivamente un pronunciamiento de nulidad y sobre la inaplicabilidad en el presente caso de aquella doctrina en razón de nuevas leyes y convalidaciones posteriores.
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