CORTEVA AGRISCIENCE ARGENTINA S.R.L
Las multas y sanciones correspondientes a obligaciones sustanciales devengadas hasta una fecha determinada quedan condonadas de pleno derecho si tales obligaciones principales fueron pagadas antes de la entrada en vigencia del régimen de regularizaci
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se evaluó la procedencia de la condonación de multas tributarias impuestas por incumplimientos relacionados con el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto a las Ganancias correspondientes a los períodos fiscales de noviembre y diciembre de 2018. Se analizaron los antecedentes de pagos efectuados antes de la vigencia de la ley de regularización tributaria, así como las declaraciones juradas rectificativas presentadas. Además, se consideró si el contribuyente se encontraba comprendido en causas de exclusión establecidas por la normativa vigente. El Tribunal examina la interpretación y aplicación del régimen de condonación previsto en la Ley 27.743, específicamente sobre el pago previo de las obligaciones sustanciales y la vigencia y firmeza de las multas, para determinar el alcance del beneficio otorgado por dicho marco normativo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: