MOLINO FLORENCIA SAU c/ DGA s/ recurso de apelación
La Administración Nacional de Aduanas es competente para instruir procedimientos y aplicar sanciones por incumplimientos relativos a los artículos 8 y 9 de la Ley 21.453, conforme al decreto reglamentario y normativa complementaria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó la validez y procedencia de una multa aplicada por la Dirección General de Aduanas a una empresa exportadora por el incumplimiento del requisito de exportar al menos el 90% de la mercadería declarada en una Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE), conforme al artículo 9 de la Ley 21.453. La empresa cuestionó la competencia de la Aduana para sancionar dicha infracción y alegó que un cambio en la naturaleza de la operación comercial, realizado por exigencia del proveedor local, justifica el incumplimiento, proponiendo además la aplicación del principio de la ley penal más benigna. El Tribunal analizó la normativa aplicable, la relación entre la Ley 21.453 y el Código Aduanero, la legalidad del procedimiento administrativo y la prueba presentada, incluyendo la inexistencia de autorización para reemplazar una DJVE original por otra. Se evaluaron también los criterios para considerar hechos sobrevinientes o fuerza mayor y la correcta graduación de la multa. Asimismo, se interpretaron principios procesales y sancionatorios relevantes para determinar la competencia y el régimen aplicable.
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