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QUIJANO, MARIA VERONICA c/DGA s/recurso de apelación

La existencia de una operación triangulada habilita al servicio aduanero a investigar y recabar información sobre el valor declarado para evaluar la genuinidad de la operación comercial declarada.

Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Tribunal Fiscal de la Nación analizó la legalidad de una multa impuesta a una despachante de aduana por supuesta infracción relacionada con la declaración de valores de exportación de cebada. La controversia surgió ante la detección, en controles ex post, de diferencias entre los valores FOB declarados en Argentina y los valores declarados en Brasil para las mismas mercancías, involucrando operaciones trianguladas a través de una empresa vinculada en Uruguay. Se disputaron la existencia efectiva de una infracción por diferencia de valores y si la estructura de ventas sucesivas entre partes vinculadas permitía presumir una manipulación del valor de transacción. El Tribunal examinó elementos probatorios relativos a la vinculación societaria, la documentación presentada, y la normativa aduanera aplicable, con énfasis en la interpretación del artículo 954, apartado 1, inciso c) del Código Aduanero, y los estándares para acreditar diferencias de valor efectivas. La cuestión jurídica central fue si la sola existencia de ventas sucesivas entre vinculados, sin elementos que demuestren que afectaron el valor declarado, justifica la configuración de la infracción y la inversión de la carga probatoria.

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