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COSENA SEGUROS S.A. c/D.G.A. s/Recurso de apelación

El Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) es inescindible del capital adeudado desde la fecha en que entró en vigor la ley que establece la pesificación de deudas originalmente expresadas en moneda extranjera.

Iva Ganancias Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

La controversia se centra en la aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) a una deuda tributaria originada en dólares estadounidenses por una importación temporal que fue posteriormente transformada a pesos conforme a la legislación de emergencia económica y cambios en el régimen cambiario argentino. Se analizaron los efectos de las leyes y decretos que establecieron la pesificación de obligaciones expresadas en moneda extranjera y la incorporación del CER como componente inescindible del capital adeudado a partir de una fecha específica. Se discutió además la responsabilidad de la aseguradora, en calidad de garante, respecto de la suma máxima garantizada y la inclusión o exclusión del CER en ciertos rubros tributarios. Por último, el Tribunal examinó la prelación temporal para exigir percepciones tributarias adicionales, aplicando precedentes de la Corte Suprema de Justicia en cuanto a la extinción de la facultad recaudatoria tras el vencimiento de plazos para declarar tributos.

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