Logo

SHIMISA DE COMERCIO EXTERIOR S.A. c/ DGA s/ Recurso de Apelación

El valor de transacción declarado por el importador constituye la primera base para la determinación del valor en aduana, y su rechazo debe estar fundado en elementos concretos que justifiquen la duda razonable sobre su exactitud o veracidad, conform

Competencia Nulidad Costas Valor en aduana

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Tribunal Fiscal de la Nación analizó un ajuste de valor aplicado por la Aduana sobre mercaderías importadas, en particular reproductores mp3, cuestionando la legitimidad del método y la base probatoria utilizada. Se debatió si la resolución administrativa que confirmó el ajuste respetó las disposiciones del Acuerdo relativo a la aplicación del Artículo VII del GATT y la Ley N° 24.425, que regulan la valoración aduanera. Se examinaron las diferencias entre el valor declarado y el valor utilizado para el ajuste, así como la suficiencia y motivación de los antecedentes presentados, incluyendo la existencia de un único antecedente utilizado por la Aduana y la carga probatoria para justificar la inexactitud o falta de veracidad en el valor declarado. También se discutió la procedencia del planteo de nulidad basado en la falta de acceso al antecedente aduanero y la afectación del derecho de defensa. El Tribunal evaluó la aplicación de los principios internacionales y jurisprudencia argentina relativas a la carga de la prueba, el estándar probatorio y la distribución dinámica de las cargas entre la autoridad aduanera y el importador, a fin de establecer si el ajuste fue legítimo y ajustado a derecho.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar