COFCO INTERNATIONAL ARGENTINA S.A. c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación
El pago voluntario extingue la obligación tributaria, pero si fue realizado bajo protesta y como antecedente a una sentencia judicial que declara la nulidad de las resoluciones que motivaron el cargo, puede ser procedente un reclamo de repetición de
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra la resolución administrativa que rechazó un procedimiento de repetición de pagos en exceso de derechos de exportación, específicamente referidos a cargos derivados de resoluciones consideradas nulas por la justicia administrativa. El caso gira en torno a la interpretación del artículo 1069 del Código Aduanero respecto a la procedencia de repetición de pagos realizados bajo protesta y que fueron objeto de impugnación administrativa y judicial. Se examinaron cuestiones de validez y efecto de actos administrativos previos, el alcance de la impugnación, la legitimidad de la retención por parte del fisco, y la aplicación de intereses para la devolución. El Tribunal evaluó si la estricta aplicación formal de la normativa aduanera podía obviar la justicia material en contextos donde la administración recaudó sumas indebidas sin pronunciarse sobre su devolución, y consideró doctrina y jurisprudencia relevante para determinar el proceder adecuado ante pagos cuestionados y la tasa de interés aplicable a la devolución.
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