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por la Administración Federal de Ingresos Públicos el 27/12/2023 con motivo de la solicitud de devolución presentada por la firma LA AGRÍCOLA S.A. en relación a la destinación de exportación N° 18 038 EC03 006416 S (cuya documentación luce agregada e

La demora excesiva en la tramitación administrativa configura un perjuicio que justifica la procedencia del recurso de amparo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analiza un recurso de amparo interpuesto por una empresa ante la demora excesiva en la resolución de un procedimiento de repetición aduanera para la devolución de tributos abonados indebidamente, planteada contra la Dirección General de Aduanas. El caso examina el retraso significativo que superó el plazo razonable establecido por la normativa aduanera y administrativa para la tramitación y resolución de solicitudes de devolución, confrontando las alegaciones de la parte actora respecto a la inactividad del organismo con el argumento de la Administración de que la demora se encuentra dentro de parámetros razonables dada la carga de trabajo y complejidad del trámite. El Tribunal evaluó la existencia de demora excesiva y el perjuicio generado, atendiendo a los estándares constitucionales y legales aplicables a la garantía del derecho a una pronta resolución de los procedimientos administrativos y judiciales, incluyendo la función y obligaciones del servicio aduanero para controlar y expedirse en tiempo oportuno sobre las solicitudes presentadas.

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