Sentencia TFN INLEG-2025-92360403-APN-VOCXIII#TFN
Para configurar la demora excesiva prevista en el artículo 1160 del Código Aduanero, debe acreditarse el cumplimiento del pedido de pronto despacho y el transcurso de un plazo sin resolución, así como una dilación objetiva en la tramitación administr
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo por demora excesiva en la tramitación administrativa relacionada con un pedido de devolución de tributos pagados en una operación de exportación. Se discutió si se configuraba la demora objetiva prevista por el Código Aduanero, considerando el tiempo transcurrido desde la presentación del reclamo y la interposición del pronto despacho previo al amparo. El Tribunal examinó la conformidad con los requisitos legales para la procedencia del amparo, la interpretación del artículo 1160 del Código Aduanero y la jurisprudencia aplicable sobre demoras en trámites aduaneros. Se valoró el impacto de la demora en los derechos del solicitante y la responsabilidad de la administración aduanera en la dilación observada.
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