ALBA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. c/D.G.A. s/Recurso de apelación
La carga de la prueba de cumplimiento de las obligaciones asumidas bajo un régimen de importación temporaria recae sobre el importador o su garante, debiendo demostrar documentalmente la reexportación o nacionalización dentro del plazo establecido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza la apelación presentada por una compañía aseguradora contra una resolución administrativa que la condenó, en carácter de garante, al pago de tributos y multa derivados de una importación temporaria de mercadería, cuyo plazo de permanencia venció sin reexportación total, configurándose la infracción prevista en el artículo 970 del Código Aduanero. Se discuten las obligaciones y responsabilidades de la aseguradora como garante, la legitimidad de los cargos tributarios adicionales, incluyendo el derecho adicional previsto en normativa reglamentaria, la aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) a las obligaciones expresadas originalmente en moneda extranjera, y la procedencia de intereses. Se examina la carga de la prueba respecto del cumplimiento de las obligaciones del régimen de importación temporaria, la interpretación de normas legales y reglamentarias aduaneras y tributarias, y la constitucionalidad y legalidad de las disposiciones reglamentarias impugnadas. Asimismo, se abordan estándares jurisprudenciales sobre la aplicación de tributos y recargos en supuestos de importación irregular y la extensión de responsabilidad del garante.
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