KRONEN INTERNACIONAL S.A. c/D.G.A. s/recurso de apelación
Para que una mercadería originaria se beneficie de un tratamiento arancelario preferencial en el marco de acuerdos de ALADI, debe acreditarse la expedición directa conforme al Régimen General de Origen aprobado por el Comité de Representantes, incluy
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió la aplicación de la preferencia arancelaria prevista en el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica 6 entre Argentina y México para una importación de mercaderías originarias de México, la cual fue cuestionada por la Dirección General de Aduanas debido a supuestas irregularidades en la acreditación de la expedición directa de las mercancías a través de Brasil, país no participante del acuerdo. Se examinaron los requisitos documentales establecidos en la nota externa 22/09 de la DGA para acreditar la expedición directa, incluyendo la presentación de constancias aduaneras del país de tránsito y la declaración jurada del transportista, con particular énfasis en la necesidad de legalización consular de dichos documentos. Se analizó la interpretación del régimen general de origen aprobado por ALADI, los plazos y condiciones para presentación de documentos, y el impacto de sanciones económicas ya ejecutadas sobre la validez y admisibilidad de la documentación aportada. El Tribunal evaluó la suficiencia y validez de la legalización consular realizada con posterioridad y el cumplimiento de los requisitos formales y materiales para la aplicación del beneficio arancelario.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: