FAMIQ S.R.L. c/ D.G.A. s/ recurso de apelación
La acción para imponer penas por infracciones aduaneras prescribe a los cinco años, computados desde el primero de enero del año siguiente a la comisión de la infracción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución de la Dirección General de Aduanas que impuso una multa y diferencias tributarias a una empresa por declarar incorrectamente las medidas de tubos de acero inoxidable importados. Se discutió la validez del Certificado de Origen ante la divergencia en las especificaciones del producto y la aplicación de derechos antidumping solo cuando la mercadería sea originaria de China. También se examinaron cuestiones relativas a la prescripción de la acción fiscal, duración razonable del procedimiento, y la moneda de liquidación de los tributos. El Tribunal evaluó la configuración objetiva de la infracción, la aplicación de multas según el Código Aduanero y la correcta interpretación de normas relativas a los derechos compensatorios y diferencias tributarias.
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