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BUNGE ARGENTINA S.A. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ APELACIÓN

El derecho a la repetición de pagos efectuados a requerimiento del servicio aduanero no procede si la liquidación fue objeto de revisión en un procedimiento de impugnación administrativo regular.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se controvirtió la procedencia de la devolución de un pago efectuado bajo protesto en concepto de derechos de exportación, relacionado con un cargo aduanero derivado de la aplicación de resoluciones administrativas que identificaron supuestas faltas en la acreditación de la tenencia o adquisición de mercadería exportada. La discusión giró en torno a la interpretación y aplicación del artículo 1069, inciso b), del Código Aduanero, que limita las repeticiones cuando el cargo haya sido objeto de un procedimiento de impugnación, y la validez y constitucionalidad de la Ley 26.351 y sus reglamentaciones por afectar derechos adquiridos y aplicarse retroactivamente. El Tribunal examinó además la ejecución del pago bajo protesto y la situación procesal del reclamo, valorando precedentes judiciales y la jurisprudencia de tribunales superiores, así como la coherencia con pronunciamientos que declararon nulas y/o inconstitucionales las resoluciones administrativas que originaron el cargo. Se analizaron cuestiones relativas a la moneda de devolución y el cálculo de intereses resarcitorios conforme a normativa vigente y precedentes relevantes.

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