ANDINA REAL DE ARGENTINAS S.C.S c/ D.G.A s/ Recurso de Apelación
La obligación de presentar determinados certificados ambientales exige la previa intervención de la autoridad competente y su incumplimiento configura una diferencia en la declaración aduanera que puede ser sancionada conforme al art.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discute la procedencia de una multa impuesta por la Dirección General de Aduanas a una firma importadora y su despachante de aduana por la supuesta infracción al art. 954 inc. b) del Código Aduanero, relacionada con la omisión en la presentación previa de certificados ambientales exigidos para la importación de plantas y semillas pulverizadas. Se examinan antecedentes administrativos vinculados a la importación, incluidos requerimientos normativos de certificación por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, aspectos técnicos de la clasificación arancelaria, fechas de emisión y presentación de los certificados, y la interpretación de qué constituye una prohibición aduanera. El Tribunal analiza la compatibilidad entre las normas aduaneras y ambientales, la distribución de responsabilidades entre el importador y el despachante, y revisa la fundamentación legal sobre la tipificación de la infracción, considerando pruebas y dictámenes técnicos, así como la aplicación del régimen de prohibiciones y sus excepciones contenidas en el Código Aduanero.
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