UNION CIVICA RADICAL s/CONTROL DE INFORME DE CAMPAÑA EN ELECCIONES GENERALES - (art. 54 y 58 Ley 26.215)
El partido Unión Cívica Radical presentó el informe final de aportes y gastos de campaña correspondiente a las elecciones generales de 2025. El Juzgado Federal de Santa Rosa aprobó el informe, destacando el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables.
¿Quién es el actor?
Unión Cívica Radical
¿A quién se demanda?
N/A (incidente administrativo)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Aprobación del informe final de aportes y gastos de campaña.
¿Qué se resolvió?
Se aprobó el informe final de aportes y gastos de campaña.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 58 de la ley 26.215 las autoridades del partido político ‘UNION CIVICA RADICAL’ de este distrito, presentaron ante la Secretaría Electoral el informe final de aportes y gastos de campaña de la agrupación, correspondiente a las elecciones generales (en categoría: Diputados Nacionales) celebradas el 26 de octubre del año 2025." "Que a fs. 29/30 obra el informe pericial contable confeccionado por la Auditora Contador José Luis De Benito... puede aconsejar la aprobación del Informe Final de campaña presentado por el partido de autos." "Por lo expuesto, teniendo en cuenta el examen, verificación y conclusión del informe pericial contable... resolveré aprobar el informe final de aportes y gastos de campaña presentado por la agrupación política de autos."
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