OJF FIDUCIARIA S.A. C/ GESTIÓN FIDUCIARIA S.A. S/ POSIBLE OFRECIMIENTO SERVICIOS FIDUCIARIOS SIN PREVIA INSCRIPCIÓN
La CNV sumarió a OJF FIDUCIARIA S.A. y a su presidente Orlando Joaquín Ferreres por ofrecer servicios fiduciarios sin la debida inscripción. El Directorio resolvió aplicar una multa de $120,000 y absolver de la infracción al artículo 36 del Decreto N° 677/01.
- Sumariados: OJF FIDUCIARIA S.A. y Orlando Joaquín Ferreres.
- Conducta imputada: Ofrecimiento de servicios fiduciarios sin inscripción.
- Norma infringida: Artículos 5° de la Ley N° 24.441, 5° inciso c) y 6° del Capítulo XV de las NORMAS (N.T. 2001 y mod.), y artículo 36 del Decreto N° 677/01.
- Decisión por sumariado: Se impuso una multa de $120,000 a OJF FIDUCIARIA S.A. y a Ferreres, mientras que se absolvió de la infracción al artículo 36 del Decreto N° 677/01.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La CNV consideró que OJF FIDUCIARIA S.A. ofreció servicios fiduciarios sin la debida autorización, lo que constituye una infracción a las normas vigentes. Se rechazaron los planteos de nulidad e inconstitucionalidad, y se destacó que la oferta pública no estaba relacionada con valores negociables. Se ponderaron las circunstancias atenuantes y la inexistencia de antecedentes sancionatorios.
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