PROCONSUMER C/ BANCO MACRO S/POSIBLE INCUMPLIMIENTO DEL DEBER DE INFORMAR
La CNV sumarió a BANCO MACRO S.A. y a sus directores por posible incumplimiento del deber de informar respecto a una demanda judicial. El Directorio resolvió aplicar una multa de $500.000 a la entidad y a sus directores, absolviendo a otros sumariados.
- Sumariados: BANCO MACRO S.A., directores (Delfín Jorge Ezequiel CARBALLO, Jorge Pablo BRITO, Juan Pablo BRITO DEVOTO, Roberto Julio EILBAUM, Luis Carlos CEROLINI, Carlos Enrique VIDELA, Alejandro MACFARLANE, Guillermo Eduardo STANLEY, Constanza BRITO), Comité de Auditoría (Carlos Enrique VIDELA, Alejandro MACFARLANE, Guillermo Eduardo STANLEY), síndicos (Ladislao SZEKELY, Santiago Marcelo MAIDANA), Responsable de Relaciones con el Mercado (Daniel Hugo VIOLATTI).
- Conducta imputada: Incumplimiento del deber de informar sobre una demanda judicial.
- Norma infringida: Artículos 5º, 6º, 8º del Anexo al Decreto Nº 677/01; artículos 1º, 2º, 3º inciso 9) del Capítulo XXI de las NORMAS (N.T. 2001 y mod.); 11 inciso a.12) del Capítulo XXVI de las NORMAS (N.T. 2001 y mod.); 59 de la Ley Nº 19.550.
- Decisión por sumariado: Se sancionó a BANCO MACRO S.A. y a sus directores con multa de $500.000; se absolvió a los miembros del Comité de Auditoría y a los síndicos; se absolvió al Responsable de Relaciones con el Mercado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La CNV consideró que BANCO MACRO S.A. incumplió su deber de informar sobre la demanda de PROCONSUMER, lo que podría afectar la confianza en el mercado. Se destacó que la responsabilidad de los directores es objetiva y no requiere demostrar daño concreto. Se absolvió a otros sumariados por falta de responsabilidad directa en la omisión informativa.
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