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El actor reclamó por plagio y uso no autorizado de su programa radial La Quinta Pata. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que el título carece de originalidad y que no se probó el plagio.
¿Quién es el actor?
C. H.
¿A quién se demanda?
Radio y Televisión Argentina S.E. (RTA)
- Objeto de la demanda: Plagio y uso no autorizado del programa "La Quinta Pata".
- Decisión del tribunal: Se confirma el rechazo de la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El actor no acreditó que el programa televisivo de la demandada constituyera un plagio de su programa radial". Además, "la expresión 'La Quinta Pata' carecía de la originalidad necesaria para gozar de protección exclusiva bajo el derecho de autor". Se destaca que el actor no presentó pruebas suficientes para demostrar la originalidad de su obra.
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