ALLENDE GUILLERMO JOSE C/ LOFFREDO MIGUEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
Guillermo José Allende promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente automotor. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, extendiendo la condena a la aseguradora y fijando el límite de cobertura en pesos ciento veintisiete millones.
Actor: Guillermo José Allende Demandado: Miguel Loffredo; Liderar Compañía Gral. de Seguros Objeto: Daños y perjuicios por accidente automotor Decisión: Se modifica la sentencia de primera instancia, extendiendo la condena a la aseguradora y fijando el límite de cobertura.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El siniestro ha de ser analizado al amparo de la responsabilidad que establece el art. 1757 del CCCN -por el riesgo de la cosa-, en virtud del cual el dueño o guardián responde por los daños ocasionados a menos que demuestre que la conducta de la víctima, o de un tercero ajeno destruyó total o parcialmente el nexo causal." "La extensión de esa condena ha de ser en la medida del seguro (art. 118 LS)." "Se impone entonces, a la luz de estas consideraciones, una revisión equitativa del contrato originario, lo que ha de implicar incluir en la medida del seguro al valor de la garantía mínima vigente al momento de la valuación del daño contenida en la sentencia definitiva." "Por lo tanto, dada que la finalidad tuitiva contenida en el art. 1757 del CCCN, requiere que la prueba de la eximente sea categórica, al no cumplir esa condición la producida en este proceso corresponde confirmar la sentencia en revisión en cuanto determinó la responsabilidad de la demandada en el hecho."
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