CUARESMA CLAUDIA BEATRIZ C / CUARESMA KARINA ALICIA S/ INCIDENTE TITULARIDAD DE FONDOS DE CUENTA BANCARIA (EXCEPTO LOS TIPIFICADOS EXPRESAMENTE)
Claudia Beatriz Cuaresma promovió un incidente por la titularidad de fondos de una cuenta bancaria. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, ordenando la restitución del 50% de los fondos a favor de la actora.
Actor: Claudia Beatriz Cuaresma Demandado: Karina Alicia Cuaresma Objeto: Titularidad del 50% de los fondos de una cuenta bancaria conjunta. Decisión: Se confirma la decisión de primera instancia que ordenó la restitución del 50% de los fondos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La cuestión central radica en determinar si los fondos acreditados en la cuenta bancaria conjunta pertenecían -en todo o en parte
- a la apelante en virtud de su carácter de cotitular. En ese marco, la cotitularidad bancaria -particularmente en cuentas indistintas
- configura primordialmente una relación funcional con la entidad financiera, que habilita a cada titular a operar sobre el total de los fondos (art. 1399 CCyC), sin que ello implique necesariamente la existencia de un condominio sustancial sobre los mismos."
"Dicha presunción no tiene por objeto definir en forma absoluta la propiedad de los fondos, sino establecer una regla supletoria frente a la ausencia de prueba sobre su origen. En el caso, la apelante manifiesta que 'de los oficios remitidos por el banco presentan una heterogeneidad relevante: mientras los extractos y movimientos evidencian cotitularidad y plena disponibilidad, otros informes califican el plazo fijo originario como de titularidad unipersonal del causante.'"
"En consecuencia, corresponde confirmar lo decidido en cuanto a la inclusión de los fondos en el acervo hereditario."
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