G D O C/ M A T S/ ALIMENTOS
El demandante solicitó la modificación de la cuota alimentaria fijada en favor de su hijo y el tratamiento de gastos extraordinarios. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, aclarando la distribución de gastos de salud y haciendo lugar parcialmente al reclamo por gastos extraordinarios.
Actor: G D O Demandado: M A T Objeto: Modificación de la cuota alimentaria y tratamiento de gastos extraordinarios. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia, con aclaraciones sobre gastos de salud y se hizo lugar parcialmente al reclamo por gastos extraordinarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La obligación alimentaria corresponde a ambos progenitores y reviste carácter dinámico, de modo que su contenido puede ajustarse cuando varían las circunstancias fácticas tenidas en cuenta al momento de su fijación." "El 20% fijado por el a quo aparece como adecuado y razonable, sin que los argumentos del apelante logren desvirtuar los fundamentos de la decisión." "Los gastos derivados de las terapias y, en general, de la atención médica del niño que no se encuentren cubiertos en su totalidad por la cobertura respectiva deberán ser soportados por ambos progenitores en partes iguales (50%)." "Se hace lugar parcialmente al reclamo por gastos extraordinarios, disponiendo que la demandada abone al actor la suma de $50.396,84."
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